*El Gobierno del Cambio, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, STyPS, inicia con el “Operativo de Supervisión y Asesoría respecto al Pago de Aguinaldo a los Trabajadores”
Chetumal.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, así como las Áreas de Inspecciones de la Zona Norte y Sur, iniciaron durante este mes de diciembre, la Campaña de asesoría y vigilancia del pago de Aguinaldo 2017 para brindar más y mejores oportunidades a los trabajadores quintanarroenses.
De acuerdo al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios independientemente que se encuentren laborando o no, en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.
Este operativo de pago de aguinaldos, consiste en brindar asesoría tanto a trabajadores como a patrones que lo soliciten, sobre cómo, cuánto, cuando y quienes tienen derecho al pago de Aguinaldo, así como quienes tienen la obligación de pagarlo.
Para vigilar el cumplimiento de esta prestación a los trabajadores, la STyPS ha implementado notificar y verificar en los centros de trabajo, a través de las áreas de inspecciones zona sur y norte, para que se cumpla conforme a derecho. El operativo de vigilar el cumplimiento de pago de aguinaldos, comprende del 21 de diciembre de 2017 al 15 de enero del año 2018.
Los trabajadores, los sindicatos de trabajadores y patrones, podrán acudir personalmente a las Procuradurías de la Defensa del Trabajo, de todos los municipios, a solicitar se les asesore respecto a esta prestación, en horario de nueve de la mañana a dos de la tarde.
Las Procuradurías de la Defensa del Trabajo recibirán las quejas que se presenten para efecto de citar a los patrones y conminarlos a realizar el pago correspondiente; quienes no den cumplimiento al pago de aguinaldo, se procederá en términos del artículo 992, a imponer las sanciones de la Ley Federal del Trabajo que para tal efecto se establece.
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