*En el mes de enero, la CFE presentó un nuevo esquema tarifario con incremento en la tarifa 6 de servicios públicos
*El alza en la energía eléctrica no fue considerada en la actualización mensual de la tarifa doméstica por el servicio de agua potable.
Chetumal.- La Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA), informó que en el mes de enero, la tarifa doméstica por el servicio de agua potable se mantuvo igual que el mes de diciembre del año pasado, en apoyo a la economía de las familias ante la cuesta de enero y la inflación que impactó en los precios de diferentes productos y servicios; aún con el incremento en la tarifa 6 para los servicios públicos presentada en el esquema tarifario de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y que se refleja directamente en los gastos de operación de la paraestatal.
El director general de la CAPA, Gerardo Mora Vallejo, explicó que la CFE presentó un nuevo esquema en el cual cambió la tarifa 6 para los servicios públicos, en este caso para la CAPA, con un incremento del 21.60 por ciento; mismo que al aplicarle un valor del 30 por ciento, como lo señala el artículo 7 de la Ley de Cuotas y Tarifas que rige a la paraestatal, se hubiera tenido que aplicar un 6.48 por ciento a la tarifa por el servicio de agua potable; sin embargo dicho valor fue omitido al momento de hacer la actualización mensual en la tarifa doméstica.
Mora Vallejo, dijo que luego de un análisis entre las coordinaciones Comercial y Jurídica de la paraestatal, con base en lo que establece la Ley, en enero no se tomó en cuenta el incremento a la energía eléctrica para actualizar la tarifa doméstica del servicio de agua potable, esto en apoyo a los usuarios domésticos que integran más del 80 por ciento del padrón de la CAPA en todo el Estado.
La Ley de Cuotas y Tarifas para los Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado, Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales, menciona en el artículo 7, que el monto de las cuotas y tarifas se actualizarán mensualmente en la misma proporción en que lo haga el índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) para las tarifas de uso comercial; y para las de uso doméstico se considerará la Unidad de Medida de Actualización (UMA) que establezca el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Asimismo, dice que adicionalmente las tarifas podrán ser actualizadas cada vez que exista un incremento en el costo de la energía eléctrica, aplicándoles el porcentaje resultante de multiplicar un factor del 30 por ciento al incremento porcentual de la energía eléctrica; punto que se omitió al calcular la tarifa doméstica para el mes de enero.
Finalmente, Mora Vallejo, recordó que uno de los mayores gastos de la CAPA en cuánto a operación es por el pago de la energía eléctrica; y en un comparativo de los gastos en 2016 y 2017, de enero a septiembre, el pago por consumo de electricidad se incrementó en un 30.82 por ciento.
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